En el marco legal, la despenalización del delito de difamación no resuelve el mecanismo utilizado recurrentemente para sancionar a un periodista ni funciona como un mecanismo de defensa a la libertad de expresión; por ende, permite sancionar a los periodistas y vulnera el derecho a la secrecía de las fuentes de información.En términos generales, la Ley de Imprenta, calificada recurrentemente de obsoleta, mas no reformada acorde a los tiempos que corren, se alza como la última frontera en la que el periodista y los medios de comunicación encuentran un medio de defensa.
Sin embargo, los preceptos legales son escudos de papel frente a agresiones físicas y morales de funcionarios públicos, incluso legisladores y, más aún, del crimen organizado contra periodistas.
En tribunales se puede combatir, por la vía civil, como corresponde en la actual legislación, a las demandas por difamación o el llamado daño moral, pero en el terreno de la actividad periodística no hay nada que valga como defensa a un atentado físico. Además, en términos laborales, incluso, los periodistas se encuentran en estado de indefensión. Un salario mínimo miserable de 150 pesos diarios, sin condiciones de trabajo, ausentes los servicios y prestaciones de seguridad social, en la mayoría de los medios impresos y electrónicos se alzan como otro medio de agresión contra los periodistas.
¿Qué hacer? Actualizar la legislación, reformar el rubro de los salarios, obligar mediante la Ley Federal del Trabajo, a los dueños de los medios de comunicación a garantizar las condiciones laborales de los periodistas; legislar en materia de fondos de resistencia para periodistas despedidos; reformar el Código Penal para federalizar los delitos cometidos contra periodistas y la libertad de expresión. Son, éstas, algunas consideraciones en torno de los derechos de los periodistas que, en la paradoja, son noticia sólo cuando pierden la vida. Macabro y ofensivo.


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